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Derecho concursal

Comunicación de insuficiencia de masa reactiva a una demanda de crédito contra la masa

Derecho concursal

En el concurso de una sociedad, un acreedor presentó una demanda (incidente concursal) para que se le reconociera un crédito contra la masa. La administración concursal contestó a esa demanda y, al mes siguiente, en abril de 2015, comunicó al juzgado la insuficiencia de masa activa prevista en la LCon art.176 bis, había una tesorería de unos 81.000 euros, pero los créditos contra la masa superaban el millón.

Más tarde, una sentencia de apelación reconoció a ese acreedor un crédito contra la masa de 848.000 euros. Aun así, la administración concursal no lo fue reflejando en los informes trimestrales y fue pagando otros créditos contra la masa, incluidos sus honorarios de liquidación generados después de la comunicación, diciendo que eran “gastos imprescindibles” para terminar la liquidación. Finalmente, presentó la rendición de cuentas y pidió concluir el concurso.

El acreedor se opuso, alegó que se había alterado el orden legal de pagos y pidió que no se aprobaran esas cuentas. El juzgado las aprobó, pero la Audiencia Provincial revocó y entendió que la comunicación de insuficiencia había sido “reactiva” (presentada como reacción a la demanda del acreedor), por lo que no podía oponérsele el orden de pagos del art.176 bis.2; desaprobó las cuentas e inhabilitó seis meses al administrador concursal persona física.

El Tribunal Supremo confirma esta línea, normalmente, tras la comunicación de insuficiencia, los créditos contra la masa pendientes se pagan siguiendo ese orden; pero hay una excepción cuando la comunicación se usa como reacción frente a la reclamación de un acreedor. En ese caso, los pagos realizados (p.e., honorarios “imprescindibles”) no pueden prevalecer sobre el crédito reclamado, y además esos honorarios solo pueden tratarse como prededucibles si se identifican actuaciones estrictamente imprescindibles y se someten a control judicial con audiencia de los acreedores.

Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, nuestros profesionales pueden prestarle la oportuna asistencia y emprender cuantas acciones pudieran resultar pertinentes.

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